MPT facilita reconocimiento a discapacitados mediante Ordenanza




Mediante la aplicación de la nueva Ordenanza Municipal N° 018-2013-MPT, aprobada en sesión ordinaria del pleno de regidores y recientemente publicada en el diario oficial, se  favorece el reconocimiento e inscripción de las asociaciones y organizaciones que agrupan a personas discapacitadas en el Registro de la Oficina Municipal de Atención a las personas en discapacidad (OMAPED).

Esta ordenanza municipal también favorece el reconocimiento del consejo directivo en el registro de la OMAPED de la comuna provincial, al agilizar el procedimiento administrativo para que las asociaciones y las organizaciones sociales integradas por personas en discapacidad.

Tras su reconocimiento oficial por parte del gobierno municipal provincial, estas asociaciones u organizaciones y sus integrantes estarán en capacidad de recibir diversos servicios ediles gratuitos.

El reconocimiento de las instituciones de discapacitados, será mediante Resolución Gerencial emitida por la Gerencia de Desarrollo Social de la MPT, a cargo de Tania Soledad Baca Romero, en un plazo no mayor de ocho días, para que luego la Subgerencia de Derechos Humanos -a cargo de OMAPED-, brinde todos los servicios gratuitos.

La ordenanza, suscrita por el alcalde César Acuña Peralta, está orientada a formalizar a las asociaciones u organizaciones sociales a través de la OMAPED y de esa manera su inclusión como beneficiarios en actividades y proyectos financiados por la MPT.

Para cautelar los derechos de las personas en discapacidad la Subgerencia de DD-HH. mantendrá una constante coordinación y comunicación con las asociaciones de discapacitados, así como con entidades competentes como hospitales, centros de rehabilitación,  centros de educación especial, entre otros.

Para el reconocimiento gratuito las asociaciones y organizaciones sociales presentarán una solicitud dirigida al alcalde, una copia simple del acta de fundación, copia de los estatutos, copia del padrón de asociados, copia del acta de elección del consejo directivo, copia del DNI de los integrantes del consejo directivo, croquis de ubicación de la institución y copia simple de legalización del libro de actas. (Fuente: MPT)

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